Naturaleza y ámbito de aplicación del Impuesto de Sociedades
El actual Impuesto de Sociedades (IS en adelante) está regulado en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, desarrollado reglamentariamente por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
La naturaleza y el ámbito de aplicación del IS está regulado en los artículos 1, 2 y 3 de la ley, que regula:
- Artículo 1 Naturaleza. El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas de acuerdo con las normas de esta Ley.
- Artículo 2 Ámbito de aplicación espacial.
- 1. El Impuesto sobre Sociedades se aplicará en todo el territorio español. A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el territorio español comprende también aquellas zonas adyacentes a las aguas territoriales sobre las que España pueda ejercer los derechos que le correspondan, referentes al suelo y subsuelo marino, aguas suprayacentes, y a sus recursos naturales, de acuerdo con la legislación española y el derecho internacional.
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2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.